El Tribunal Constitucional declaró infundada
la demanda de amparo interpuesta por Lucero Robert Taylor Moreno Cabanillas,
quien cuestionaba que por ley se declare al Señor de los Milagros como Patrono
del Perú, al no haberse acreditado una amenaza a su derecho de libertad
religiosa.
La demanda se presentó contra los presidentes
del Consejo de Ministros y del Congreso de la República, y en ella se
solicitaba que se ordene a la Presidencia del Consejo de Ministros que retire
el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo para declarar al Señor de
los Milagros como Patrono del Perú.
Moreno Cabanillas señaló que profesa la fe
cristiana evangélica y que, a su juicio, el proyecto de ley presentado por el
Poder Ejecutivo contravenía el texto constitucional conforme al cual el Estado
peruano es laico y no confesional, por lo que existe separación entre las
confesiones religiosas y el Estado.
El Tribunal destaca en su sentencia que una
declaración de este tipo en nada perjudica la laicidad del Estado si se trata
de un símbolo en el que no domina su significación religiosa, sino su carácter
cultural.